Nuevas normativas: Anexo a los estatutos y normas internas

27.06.2014 02:01
Reunimos en asamblea extraordinaria el día 22 de Junio de 2014 los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Amigos de las Artes Marciales:  Gema Perez Rojo (Secretaria), Felipe Hernandez Diaz (Vicepresidente en funciones),  Carlos Fernández García ( Vocal) y Ricardo Mercado Sierra (Presidente). Así mismo a la llegada, se convocó a los vocales y tesorera de la Asociación, para tratar los temas que acontinuación detallamos:
 
NORMATIVA ASOCIACION AMIGOS DE LAS ARTES MARCIALES
 
Nuestra asociación se constata en un grupo de simpatizantes y  artistas marciales de diferentes estilos y lugares, para el buen funcionamiento de nuestra asociación se crean unas normas y estatutos que todo socio, simpatizante, etc…, deberá cumplir.
Los estatutos se regirán en tres departamentos, estatutos de socios, estatutos de maestros y estatutos de junta de directiva.
 
ANEXO A LOS ESTATUTOS Y NORMAS INTERNAS:
 
SOCIOS
Art.1 - Cualquier persona podrá ser socio, individual o colectivo, siempre y cuando se compruebe su trayectoria, o bien este avalado por algún socio  o maestro y la directiva admitirá o rechazará la solicitud de socio.
Art.2 – El desconocimiento de una norma no exime de su cumplimiento.
Art.3 – La no participación a eventos de la Asociación durante al menos un año, podrá ser motivo de expulsión, previo aviso del mismo.
Art.4 – Será obligatorio la renovación anual, y tendrá un margen un mes de demora después del vencimiento, en el pago de la misma. 
Art.5 – Cualquier socio que desee causar baja, deberá comunicarlo con dos meses de antelación por escrito a la Asociación 
Art.6 – No se convalidarán títulos o grado alguno, hasta que no sea comprobado por la directiva, una vez comprobado se pagará la cuota estipulada al grado que sea reconocido. 
Art.7 – Se podrán crear o modificar artículos siempre en consenso en la junta directiva, los cuales serán debidamente informados a los socios, maestros o instructores por la vía ordinaria.
Art.8 – La cuota de socio + seguro deberá ser ingresada por cada maestro en la cuenta de asociación en grupo, y no de manera individual.
Art.9 – No se podrá ser miembro de la junta directiva, vocal o administrador sino se es socio.
Art. 10- El hecho de opinar o publicar en la pág. de la asociación y en su Facebook no da derecho a ser miembro, 
Art.11- La asociación no se  responsabilizara   de las opiniones o comentarios  de sus socios  que se publiquen en la pág. Facebook
Art.12- La asociación dispone de un comité de grados constituida por maestros de diferentes estilos . 
 
MAESTROS E INSTRUCTORES
Art.1 – Todo instructor, maestro o socio individual, deberá leer las normas de dicha asociación, cumplirlas y hacerlas cumplir.
Art.2 – Todo maestro tendrá que asociar a sus alumnos.
Art.2.1 – En el caso de sólo tener asociados una parte de los alumnos, sólo estos podrán beneficiarse los que se han socios, el resto pagarán cuotas e inscripciones en eventos de la asociación como No Socios.
Art.3 – Los maestros estarán obligados a presentar los carnets de sus alumnos en cada evento de la asociación.
Art.-4 – Cualquier maestro podrá otorgar un cinturón o grado en su escuela, pero para ser reconocido por dicha asociación deberá pasar por el comité de grado y pagar la cuota correspondiente (cinturones negros y danes).
Art.5 – Se deberá promover los eventos de la asociación, bien organizar un evento o asistir a más de uno cada año, u organizarlo con otro maestro.
Art.6- Las escuelas deberán estar dadas de altas en la Asociación para estar reconocidas.
 
DIRECTIVA
Art.1 – El nombramiento de cualquier cargo, será consensuado por dicha junta.
Art.2-  La junta directiva deberá reunirse al menos una vez al año, 
Art.3- La directiva solo convalidará títulos o grados que se puedan demostrar, en caso de  falsedad no se admitirá su solicitud o será expulsado.
Art.4 – Cada región tendrá su delegado o director técnico debidamente nombrado que al menos lleven, un año de socio y haya participado en diversos eventos, y se vea sus buenas intenciones  promoviendo y participando en eventos de la asociación.
Art.5 – Todos los delegados, vocales y junta directiva deberán velar por las normas, cumplirlas y hacerlas cumplir. 
Art.6 – Se tendrá en cuenta los gastos de representación de la Directiva, para eventos  siempre y cuando sea posible    
Art.6- Siempre que la asociación participe conjuntamente en algún evento y exponga Dinero si hay algún beneficio se tendrá en cuenta una parte para la asociación .
 
NOTA:
- La cuota anual irá complementada con el seguro médico obligatorio.
- Los Maestros socios hasta ahora inscritos por individual, cesarán de ser socios individuales una vez de cumpla el plazo. La renovación debe ir acompañado con la lista de socios de sus alumnos correspondientes. Ya que para los maestros e instructores no será posible inscribirse como socio individual.
- Las credenciales (carnets de socios),hasta ahora expedidos por esta asociación, cumplirán su plazo una vez se den de baja en la misma, o en su defecto se haya cumplido el plazo de renovación de la licencia de socio.
- En sucesivo, ningún diploma, credenciales, títulos o cualquier otro documento que expida la Asociación Amigos de las Artes Marciales, tendrá validez sin la firma expresa del presidente y de la secretaria.
- Cualquier solicitud de reconcimiento de grado, será exhaustivamente analizado y comprovado, no se podrá reconocer ningún grado a maestros o alumnos que no sean socios.
- En todas las competiciones o eventos organizados por la asociaón, es obligatorio presentar el carnet de socio. Los precios de los eventos para socios siempre será la establecida por los estatutos de la misma, donde no pueden superar los 20 euros, salvo en ocasiones muy excepcionales donde no dependa de la propia organización. Para los no socios, siempre será el doble de lo establecido.
Hasta la fecha de hoy hemos sido bastante fexibles tanto en precio de cuotas, como en la libertad de escoger la mútua de seguro médico que a cada socio le fuera más rentable. Debido a irregularidades en la misma, hemos decidido y aprobado que los socios deben estar sujetos a la mutua aseguradora de la asociación.
 
La Junta Directiva.